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Proposiciones de Dignidad Agropecuaria Colombiana al Proyecto Ley de Alivios Financieros

Proposiciones de Dignidad Agropecuaria Colombiana al Proyecto Ley de Alivios Financieros

 

Bogotá, 21 de noviembre de 2020

 

 

Señores

H.R. Néstor Leonardo Rico Rico

Coordinador Ponente

H.R. Integrantes de la Comisión 3ra de la Cámara

H.S. Integrantes de la Comisión 3ra Constitucional del Senado

Ciudad

 

Atención:  Javier quintero, henry.quintero@cámara.gov.co

 

 

Referencia: Solicitud de integrar las Proposiciones de Dignidad Agropecuaria Colombiana al Proyecto Ley de Alivios Financieros

 

Respetados Congresistas: Reciban un cordial saludo, por medio de la presente nos permitimos remitir a ustedes las Proposiciones al Proyecto de Ley de Alivios Financieros que se hacen por parte de la Comisión de Deudores con Dignidad con el fin de que sean integradas al mencionado proyecto en curso:

  • Establecer que la vigencia de la ley sea “a tempore” a fin de que cubra las contingencias que en materia de deudas tengan lugar en las diferentes actividades del agro colombiano.
  • A fin de garantizar la liquidez de recursos económicos destinados a solventar las deudas de los actores del sector agropecuario, se establecerán fuentes permanentes provenientes de entidades estatales y de contribuciones de productores agropecuarios, tales como las utilidades de Finagro, Banco Agrario de Colombia, el 4 por mil y los fondos parafiscales que se engruesan con las contribuciones obligatorias de los productores.
  • Deberá establecerse un FONSA permanente para que los productores endeudados con sumas iguales o menores a $90 millones de pesos puedan ser atendidos de manera prioritaria.
  • Esta ley será para atender deudas con la banca oficial y privada y establecimientos que otorgan crédito para la producción agropecuaria como cooperativas y agro comercios.
  • La ley deberá cubrir a aquellas cadenas productivas que entren en crisis por las razones que usualmente causan atrasos en las obligaciones crediticias de los productores rurales.
  • La ley establecerá que quienes se postulen para ser objeto de los beneficios que se establezcan en ella, sean los mismos productores, debidamente clasificados, a fin de aligerar los trámites que impidan la judicialización de los deudores.
  • Se establecerá en la ley que la información sobre los beneficiarios de FONSA sea accesible a los productores, a sus organizaciones y a los agentes intervinientes en los casos de deudas agropecuarias.
  • La ley deberá establecer que la Tierra, principal bien dedicado a la producción de alimentos y materias primas, no podrá ser objeto de remates en favor de terceros, dentro de los procesos de cobro jurídico que adelanten los acreedores contra deudores que adelanten actividades agropecuarias y entren en cesación de pagos por las causales que se establezcan en la ley.

 

Además, solicitamos realizar una audiencia pública que facilite el aporte de las organizaciones agrarias representativas de los deudores y otros actores de la sociedad interesados en aportar ideas que mejoren el proyecto presentado por el Gobierno Nacional.

 

Agradecemos de antemano su respuesta y aceptación a la solicitud de referencia.

 

Atentamente,

Comisión de Deudores Con Dignidad

 

Oscar Gutiérrez Reyes

Director Ejecutivo de Dignidad Agropecuaria Colombiana

Tel: 310 451 3923

Correo: dignidadagropecuaria2013@gmail.com

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